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AYUDAS PARA EL FOMENTO DEL ALQUILER DE LA JUNTA DE ANDALUCIA

1.-
Subvenciones al inquilino
Ayudas a los inquilinos de viviendas libres que se destinen a arrendamiento.

1. REQUISITOS.

a)Tener una edad no superior a 35 años.

b) En caso de tener más de 35 años debe cumplir con alguna de estas condiciones:
• Ser victima de violencia de genero o de terrorismo.
• Familias numerosas y las constituidas por el padre o la madre y los hijos.
• Personas con discapacidad reconocida oficialmente, al menos de un 40 % de grado de minusvalía y movilidad reducida.
• Personas mayores de 65 años y aquellas que se encuentren insertas en grupos de protección preferente.
• Ingresos de las personas que van a ocupar la vivienda inferiores a 2,5 veces el indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (16.768,50 €.)

c) Viviendas.
• Contrato de arrendamiento intermediado por una AFA.

2. CUANTÍA.

• La cuantía máxima anual no excederá del 40% de la renta anual, con un máximo absoluto de 2.880 €.

3. CONDICIONES DE LAS SUBVENCIONES.

• Se podrán solicitar una vez abonadas las rentas de alquiler de tres meses vencidos.
• El período máximo de alquiler a subvencionar será de 24 meses.
• Las subvenciones serán incompatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.

4. DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA SOLICITAR LA AYUDA/SUBVENCIÓN.

• Fotocopia D.N.I. o pasaporte del solicitante.
• En el caso de víctimas de violencia de género, orden de protección a favor de la víctima o excepcionalmente, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia.
• Para el supuesto de víctimas de terrorismo, acreditación justificativa de dicho extremo.
• Documentación acreditativa de la condición de familia numerosa o monoparental, en su caso.
• En caso de personas con discapacidad que tengan reconocido al menos un 40 % por ciento de grado de minusvalía y movilidad reducida, certificados acreditativos del grado de minusvalía reconocido, así como la existencia de dificultades de movilidad conforme el Anexo 3 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento declaración y calificación del grado de minusvalía.
• En el caso de personas mayores de 65 años, Tarjeta Andalucía-Junta Sesenta y cinco expedida a nombre de la persona solicitante.
• El contrato de arrendamiento, en el que deberá constar la superficie útil de la vivienda y, en su caso garaje y trastero. Dicho contrato ha debido se intermediado por una Agencia de Fomento del Alquiler, quien deberá acreditar el cumplimiento de las condiciones de la vivienda.
• Declaración responsable del solicitante de los ingresos anuales familiares de todos los ocupantes de la vivienda arrendada.
• Denominación y domicilio de la entidad bancaria, y número de cuenta a nombre del titular de la subvención.
• Documentación acreditativa de haber abonado la renta del alquiler de los últimos tres meses.
• Declaración responsable del solicitante de las ayudas solicitadas para la misma finalidad, si las hubiera.
• Declaración responsable de no estar incurso el solicitante en los supuestos que impidan tener la condición de beneficiarios.
• Certificado acreditativo de hallarse al corriente del de sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

ALMERIA ESTATES S.L. se encargará de obtener toda la documentación exigida , así como de presentar las solicitudes de las subvenciones según el modelo establecido y según el plazo estipulado.